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¿Por qué deben etiquetar la publicidad los ‘influencers’?

Aunque con retraso sobre otros mercados, España ya cuenta con un código de autorregulación en este ámbito

El código elaborado por la AEA y Autocontrol, que entró en vigor el pasado 1 de enero, tiene como objetivo, explica Lidia Sanz, directora general de la AEA, “que el consumidor sepa en cada caso cuándo se habla de una cosa y cuándo se habla de otra, es decir, que sepa lo que es contenido y lo que es contenido publicitario”. Porque “la publicidad tiene que estar identificada, es algo que marca la propia Ley General de publicidad”, asegura.

Lo mismo indican desde Autocontrol, que insisten en que “la comunicación comercial de productos y servicios a través de las redes sociales debe cumplir con las mismas normas que la difundida en otros medios de comunicación. Igual que en la publicidad off line, la publicidad en el entorno digital debe ser identificable en aras de la autenticidad y la transparencia hacia los consumidores y, por tanto, también para los seguidores de las redes sociales”.

El punto más importante de este instrumento normativo se basa, precisamente, en la transparencia. En dejar claro a todos los seguidores cuándo un influencer recomienda un producto de manera personal y cuándo esta recomendación conlleva una transacción económica. Una manera también de “proporcionar seguridad a las marcas”, señala la directora general de los anunciantes, al tiempo que, indican desde Autocontrol, “la transparencia e identificación de la publicidad como tal favorece la competencia leal en el sector”.

Las colaboraciones de estos influencers con las marcas suelen llevarse a cabo mencionado productos o servicios, ubicando productos en sus mensajes, participando en la producción de un contenido o difundiendo contenidos relacionados con dicho producto o servicio. Por ello, el código recoge ejemplos concretos de cómo rotular estos contenidos para evitar hashtags o expresiones que puedan dar lugar a equívocos. Entre sus pautas recomiendan usar palabras claras como ‘publicidad’, ‘publi’, ‘en colaboración con’, ‘patrocinado por’, etcétera. O, incluso, descripciones del tipo ‘embajador de’, ‘gracias a’, ‘regalo de’, ‘patrocinado por’… Por el contrario, desaconsejan usar expresiones genéricas o indicaciones que requieran una acción por parte del usuario, como hacer clic en un enlace o el uso de etiquetas poco claras como ‘colab’, ‘sponso’ o ‘sp’.

El código es vinculante a los socios de la AEA y Autocontrol, pero está abierto a que puedan adherirse otras empresas del sector (anunciantes, agencias, representantes, medios) o incluso los propios influencers. Es el Jurado de la Publicidad de Autocontrol el encargado de resolver las posibles reclamaciones que pudieran presentarse por incumplimiento de las normas. “Los anunciantes comprometidos con el código tendrán que establecer en los contratos que firmen con los influencers la necesidad de que se cumplan precisamente las normas del código”, recuerdan desde Autocontrol.

El contenido completo fue publicado en el Nº 1633 de ‘Anuncios’, de 25 de enero. Puedes leerlo íntegro en el siguiente enlace:

Anuncios 1633 - Código influencers

 

 

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