Todos conocemos esas tablitas mágicas a las que recurrimos cuando en el súper queremos comprar un alimento que nos entra por los ojos...El ritual es un clásico. Te paras. Miras el producto desafiante. Coges el envase de turno. Lo giras ...y ¡zas! Ahí está. Esto tiene muchas grasas.¡¡Y saturadas!!! Madre mía... ¿solo por cada 100 gramos tantas calorías? La solución ya depende un poco de cada uno... Lo tomas o lo dejas. Pero el que avisa no es traidor (o eso dicen).
Pues bien, lo mismo, este mismo formato, es el que propone la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a las empresas para que informen al usuario de lo que se hará con sus datos si rellenan un cupón, un formulario, participan en un concurso, se apuntan a un gimnasio o acuden a un nuevo dentista. Ya comentamos que a partir del 25 de mayo de 2018 hay que aplicar el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD9, una norma que, entre otros, amplía las exigencias de información que hasta ahora existen en el tratamiento de datos de carácter personal. La novedad es que ahora, la AEPD, con objeto de orientar y facilitar la adecuación de las empresas al futuro régimen jurídico, propone un modelo a seguir en la presentación de dicha información. Una tablita que en lugar de energía, grasas, hidratos de carbono, fibra alimentaria y proteínas, nos indique (al menos) la información básica sobre el tratamiento de nuestros datos y que permita además, acceder a la información completa sobre dicho tratamiento de una manera sencilla.
Esto es, que cuando en cualquier momento facilitemos a un tercero nuestros datos de carácter personal, este tercero,nos informe de manera clara y concisa sobre quién utilizará nuestros datos, para qué, por qué, qué podemos hacer al respecto y cómo obtener información adicional sobre la cuestión. Pensemos que volvemos al súper y que finalmente hemos comprado ese conflictivo producto. Llegamos a casa y, vencidos por la tentación, abrimos el paquete y nos encontramos un cupón que nos permite ganar un viaje a Bali (por supuesto, con todo pagado). Pues bien, según el modelo propuesto por la AEPD, justo debajo del último campo del formulario a cumplimentar con nuestros datos, deberíamos encontrarnos algo similar a esto:
Esta primera tabla [ver tabla 1] se correspondería por tanto, con la Información Básica a mostrar según lo indicado y la inclusión del enlace sería ese medio que permitiría al usuario obtener la información completa sobre el tratamiento de sus datos según se exige por el RGPD.
Otra opción sería utilizar el reverso del propio cupón de participación para incluir la leyenda completa de protección de datos en cuyo caso, la tabla anterior podría quedar del siguiente modo [ver tabla 2].
¿Y qué información deberá incluirse en ese enlace o al dorso del cupón? Toda la información exigida por el RGPD; es decir, que no podremos obviar la información que se ha mostrado ya al usuario a través de la tabla de información básica, sino que ahora deberá presentarse el global de la información exigida por la normativa: información básica más la información adicional sin reparar en la extensión de la leyenda legal.
Este problema de la extensión de la leyenda legal, (y su nulo efecto marketiniano), es algo que si bien no podemos erradicar, sí que podemos al menos disminuir con este sistema de información por capas o niveles propuesto por la AEPD.
En cualquier caso, si desde un punto de vista comercial, la leyenda que actualmente existe en materia de protección de datos ya se considera extensa (/molesta), no tengo muy claro cómo calificaremos a la leyenda que contenga toda la información que ha de mostrarse en la segunda capa. Se admiten apuestas. (la mía es que los abogados no recibiremos muchos halagos durante el periodo de adaptación). Pero no hay problema...estamos en febrero. En febrero de 2017... El RGPD entrará en vigor el 25 de mayo de 2018 y bueno, es cierto que la AEPD recomienda revisar y aplicar dicha adaptación cuanto antes, pero hay tiempo. Esto es como lo de la operación bikini, que nadie tiene muy claro cuándo hay que empezarla. Y así estamos luego... que nos pilla el toro, que nos pilla el toro, y sin darnos cuenta, estamos en mayo y de nuevo en el súper (paquete en mano).
Alejandra Camacho es abogada de Professional Legal Business