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1.5.2.   Valor añadido de la intervención de la Unión (puede derivarse de distintos factores,
                        como  mejor  coordinación,  seguridad  jurídica,  mejora  de  la  eficacia  o
                        complementariedades).  A  efectos  del  presente  punto,  se  entenderá  por  «valor
                        añadido de la intervención de la Unión» el valor resultante de una intervención de la
                        Unión que viene a sumarse al valor que se habría generado de haber actuado los
                        Estados miembros de forma aislada.
                        El  mosaico  de  normas  nacionales  con  posibles  divergencias  que  está  surgiendo
                        entorpecerá  la  provisión  fluida  de  sistemas  de  IA  en  la  UE  y  no  garantizará  la
                        seguridad y la protección de los derechos fundamentales y los valores de la Unión en
                        los distintos Estados miembros de manera efectiva. Una acción legislativa común de
                        la UE en lo  referente a la  IA podría impulsar el  mercado interior  y tiene un gran
                        potencial  para  proporcionar  a  la  industria  europea  una  ventaja  competitiva  en  el
                        panorama  mundial  y  economías  de  escala  que  los  Estados  miembros  no  pueden
                        lograr por sí solos.

               1.5.3.   Principales conclusiones extraídas de experiencias similares anteriores

                        La Directiva 2000/31/CE sobre comercio electrónico proporciona el marco principal
                        para el funcionamiento del mercado interior y la supervisión de los servicios digitales
                        y establece una estructura básica para un mecanismo general de cooperación entre
                        los Estados miembros, que abarca en principio todos los requisitos aplicables a los
                        servicios  digitales.  En  la  evaluación  de  la  Directiva  se  señalaron  deficiencias  en
                        varios aspectos de este mecanismo de cooperación, incluidos importantes aspectos
                        relativos  al  procedimiento  como  la  falta  de  plazos  claros  para  la  respuesta  de  los
                        Estados miembros, junto con una falta general de respuesta a las solicitudes de sus
                        homólogos. A lo largo de los años, esto ha generado desconfianza entre los Estados
                        miembros  para  hacer  frente  a  las  inquietudes  que  suscitan  los  proveedores  que
                        ofrecen servicios  digitales  a través de las fronteras.  La evaluación de la Directiva
                        mostró  la  necesidad  de  definir  un  conjunto  de  reglas  y  requisitos  diferenciados  a
                        nivel  europeo.  Por  esta  razón,  la  aplicación  de  las  obligaciones  específicas
                        estipuladas  en  el  presente  Reglamento  requeriría  un  mecanismo  de  cooperación
                        específico  a  escala  europea,  con  una  estructura  de  gobernanza  que  garantice  la
                        coordinación de los órganos responsables específicos a escala europea.
               1.5.4.   Compatibilidad con el  marco financiero plurianual  y posibles sinergias con otros
                        instrumentos adecuados

                        El  Reglamento  por  el  que  se  establecen  normas  armonizadas  en  materia  de
                        inteligencia  artificial  y  se  modifican  determinados  actos  legislativos  de  la  Unión
                        define un nuevo marco común de requisitos aplicables a los sistemas de IA, que va
                        más  allá  del  marco  establecido  por  la  legislación  vigente.  Por  este  motivo,  es
                        necesario crear con esta propuesta una nueva función de regulación y coordinación
                        nacional y europea.

                        En  lo  que  respecta  a  sus  posibles  sinergias  con  otros  instrumentos  adecuados,  la
                        función  de  las  autoridades  notificantes  a  nivel  nacional  pueden  desempeñarla
                        autoridades  nacionales  que  ejerzan  funciones  similares  con  arreglo  a  otros
                        Reglamentos de la Unión.

                        Asimismo, al aumentar la confianza en la IA y, por tanto, fomentar la inversión en su
                        desarrollo y adopción, se complementa el programa Europa Digital, que incluye entre
                        sus cinco prioridades la promoción de la difusión de la IA.





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