De acuerdo con una nota difundida por la Asociación de Usuarios de la Comunicación, AUC, el Tribunal Supremo avala la legalidad del Real Decreto por el que se aprobó el reglamento que desarrolla la Ley General de la Comunicación Audiovisual en lo relativo a determinados aspectos de la comunicación comercial. Esta sentencia confirma las alegaciones de AUC, AEA y la Abogacía del Estado contra el recurso presentado en su día por Mediaset, "alegando que el desarrollo reglamentario se extralimitaba imponiendo reglas que van más allá de la propia ley y de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual, y solicitando la anulación de buena parte de su articulado", se indica en la nota de la AUC. Concretamente, apostilla, el recurso de Mediaset se refería al concepto de “hora de reloj” para establecer el límite publicitario, la autopromoción, las telepromociones, el patrocinio y las comunicaciones comerciales asociadas a la retransmisión de eventos deportivos. La sentencia admite el desistimiento parcial del operador televisivo, pero falla en contra de todos sus demás argumentos. Para AUC se trata de una sentencia de gran importancia, "que aumenta la seguridad jurídica en el ámbito de la publicidad televisiva, afectando positivamente a la defensa de los consumidores ante posibles excesos de saturación en la emisión de comunicaciones comerciales". Sin embargo, lamenta que "la aceptación del desistimiento de Mediaset no haya permitido al Tribunal pronunciarse sobre el controvertido tema de las telepromociones televisivas, ni se haya considerado tampoco pertinente plantear una cuestión prejudicial sobre esta materia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea".
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