En concreto, la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha impuesto dos multas de 150.000 euros a Atresmedia y Mediaset, respectivamente, por emitir mensajes publicitarios sin respetar la integridad de los programas en los que se insertan. Ambas sanciones se refieren a hechos producidos en los canales secundarios en agosto de 2014. La decisión del regulador audiovisual se fundamenta en el artículo 14 la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, la cual establece que las interrupciones publicitarias que se efectúen durante los programas deben respetar su integridad y la de las unidades que los conforman, "de manera que no se perjudiquen los intereses de los telespectadores".
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