Según se ha publicado en el BOE, se han advertido errores en los pliegos que rigen la contratación, por lo que se “se reconsiderará la contratación y al amparo del artículo 155.4 del R.D. legislativo 3/2011 de 14 de noviembre y en virtud de la delegación de facultades a mi favor conferidas por Acuerdo del Consejo de Dirección del IGAPE de fecha del 29 de marzo de 2012 (DOG núm. 78, del 24 de abril), se procede al desestimiento del procedimiento”.
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