En un comunicado, la Asociación Española de Radio Comercial, AERC, informa de la desestimación, por parte del Tribunal Constitucional, de “la duda planteada por el Tribunal Supremo que pretendía poner trabas al acceso de las radios a los estadios de fútbol”. Un pronunciamiento que estaba pendiente desde hace años y que, señala en su nota la AERC, se refiere concretamente al artículo 19.4 de la Ley General de Comunicación Audiovisual de 2010, que establecía que “los prestadores de servicios de comunicación audiovisual radiofónica dispondrían de libre acceso a los estadios y recintos para retransmitir en directo los acontecimientos deportivos que tuvieran lugar en los mismos”. Señala también que “tras la cuestión de inconstitucionalidad presentada estaba la pretensión de LaLiga de cobrar a las radios un canon desorbitado por el simple hecho de ejercer y garantizar ese evidente derecho a la información ahora reconocido y protegido por el Constitucional”.
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