Los hechos desestimados por la sentencia del Tribunal Supremo se refieren a la adjudicación de sendos canales de alta definición a Atresmedia y Mediaset en el reparto de licencias de TDT llevado a cabo por el Gobierno en 2015. Esta decisión fue recurrida por la AEA que entendía que esta adjudicación “fortalecía la posición de dominio de estas empresas en el mercado, debilitando, por tanto, la posibilidad del establecimiento solvente de nuevos operadores en un sector como el de la publicidad en televisión con un fuerte sesgo de duopolio”, recuerda la asociación. “La AEA acata la sentencia”, continúa la nota en la que se matiza, además, que en dicha sentencia se reconoce que “la afectación de la adjudicación al mercado de la publicidad y, por tanto, a su sector, es innegable, evidenciando el interés directo que tiene esta asociación y su legitimidad en el proceso”.
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