En concreto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado los artículos 13, que prohíbe las actividades de promoción dirigidas a captar nuevos clientes (apartados 1 y 3), el 15, que regula la aparición en la publicidad de personajes famosos; el 23, que prohíbe de forma generalizada la difusión de comunicaciones comerciales a través de medios de comunicación (apartado 1); el 25.3, sobre la publicidad del juego en plataformas de intercambio de vídeos, y el 26, que limita la publicidad en redes sociales (apartados 2 y 3).
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