Page 36 - ANUARIO DE MARKETING 2020
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GRANDES TEMAS
             un año dE la rEforma  dE la lEy dE marcas




           Ya no es posible, por tanto, oponerse a una
           nueva solicitud de marca con un registro
           anterior que no se use en las condiciones
           legales establecidas, con lo que, aunque se
           trate de signos que permanecen en el re-
           gistro, ya no van a suponer ningún obstá-
           culo en la práctica.

           Fomentar el registro
           Aplicable a las solicitudes presentadas a
           partir del 1 de mayo de 2019, se han solici-
           tado cerca de un centenar de peticiones de
           pruebas de uso (alrededor del 5 % de las so-
           licitudes que han sido objeto de oposición).
           Si a esto añadimos el descenso del número
           de oposiciones que se ha producido, sim-
           plemente por la adopción de la medida,
           consideramos que ésta está contribuyendo
           de  forma  eficaz  a  fomentar  el  registro  de
           nuevas solicitudes, evitando el bloqueo por
           parte de marcas anteriores sin uso efectivo.  forzada que se otorga a las marcas renom-  Consideramos
           Con la legislación actual, cuando la marca   bradas se ha visto claramente afianzada por   imprescindible que
           anterior goce de renombre en España o en   la  armonización  de  su  regulación,  lo  que
           la Unión Europea es posible atacar jurídi-  nos permite construir marcas cada vez más   los Departamentos
           camente marcas posteriores idénticas o si-  sólidas invirtiendo en su posicionamiento   Jurídico, de Marketing y
           milares que distingan productos y servicios   en el mercado.                      Comunicación trabajen
           diferentes de los registrados si de su uso,                                         de forma conjunta.
           realizado sin justa causa, se pudiera obte-  Protección reforzada
           ner una ventaja desleal del carácter distin-  En  definitiva,  como  apuntaba  al  inicio,  el
           tivo o del renombre de la marca anterior o   balance de una normativa que facilita la
           pudiera ser perjudicial para dicho carác-  protección de los diferentes distintivos con
           ter distintivo o dicho renombre.        los que una empresa se identifica en el   lucionario este primer año.
           Y es importante que cuando ha-            mercado y que ofrece una protección   Y un año después, las recomendaciones tan-
           blamos  de  renombre,  el  con-            reforzada  de  aquellas  marcas  que   to para los titulares de marcas como para los
           cepto sea el mismo en toda                  invierten en su posicionamiento,   nuevos solicitantes se centran en la cons-
           la Unión Europea. En este                    no puede ser más que positiva,   trucción de una cartera sólida de marcas
           sentido, la protección re-                  aunque su éxito no haya sido revo-  compuesta por registros que se correspon-
                                                                                      dan con los usos actuales en el mercado y
                                                                                      que protejan todas aquellas iniciativas que
                                                                                      contribuyan a crear “marca”.
                                                                                      Para ello consideramos imprescindible que
                                                                                      los Departamentos Jurídico, de Marketing y
                                                                                      Comunicación trabajen de forma conjunta,
                                                                                      con  el  objetivo  común  de  reforzar  la  pro-
                                                                                      tección de  sus marcas construyendo su re-
                                                                                      nombre, facilitando la documentación de la
                                                                                      prueba de uso necesaria para poder presen-
                                                                                      tar oposiciones frente a intentos de registros
                                                                                      de marcas idénticas o similares de terceros y,
                                                                                      en definitiva, aprovechando todas las venta-
                                                                                      jas que ofrece la ya no tan nueva legislación
                                                                                      de marcas en España.              n


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