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éticos de la inteligencia artificial, la robótica y las tecnologías conexas recomienda
específicamente a la Comisión que proponga medidas legislativas para aprovechar las
oportunidades y los beneficios de la IA, sin dejar de garantizar la protección de los principios
éticos. La Resolución incluye el texto para una propuesta legislativa de Reglamento sobre
principios éticos para el desarrollo, la implementación y el uso de la inteligencia artificial, la
robótica y las tecnologías conexas. De conformidad con el compromiso político asumido por
la Presidenta Von der Leyen en sus orientaciones políticas en lo que respecta a las
resoluciones adoptadas por el Parlamento Europeo en virtud del artículo 225 del TFUE, la
presente propuesta tiene en cuenta la citada Resolución del Parlamento Europeo, respetando
plenamente los principios de proporcionalidad, subsidiariedad y mejora de la legislación.
En este contexto político, la Comisión propone un marco reglamentario sobre inteligencia
artificial con los siguientes objetivos específicos:
garantizar que los sistemas de IA introducidos y usados en el mercado de la UE
sean seguros y respeten la legislación vigente en materia de derechos
fundamentales y valores de la Unión;
garantizar la seguridad jurídica para facilitar la inversión e innovación en IA;
mejorar la gobernanza y la aplicación efectiva de la legislación vigente en materia
de derechos fundamentales y los requisitos de seguridad aplicables a los sistemas
de IA;
facilitar el desarrollo de un mercado único para hacer un uso legal, seguro y fiable
de las aplicaciones de IA y evitar la fragmentación del mercado.
Para alcanzar dichos objetivos, la presente propuesta presenta un enfoque normativo
horizontal, equilibrado y proporcionado, para la IA, que se limita a establecer los requisitos
mínimos necesarios para subsanar los riesgos y problemas vinculados a la IA, sin obstaculizar
ni impedir indebidamente el desarrollo tecnológico y sin aumentar de un modo
desproporcionado el coste de introducir soluciones de IA en el mercado. La propuesta
establece un marco jurídico sólido y flexible. Por un lado, las opciones reglamentarias
fundamentales que plantea, incluidos los requisitos basados en principios que deben cumplir
los sistemas de IA, son amplias y pueden resistir el paso del tiempo. Por otro lado, establece
un sistema regulatorio proporcionado centrado en un enfoque normativo basado en los riesgos
y claramente definido que no impone restricciones innecesarias al comercio, en el que la
intervención jurídica se adapta a aquellas situaciones concretas en las que existe un motivo de
preocupación justificado o en las que es posible anticipar razonablemente que se producirá un
problema en un futuro próximo. Al mismo tiempo, el marco jurídico incluye mecanismos
flexibles que le permiten adaptarse de manera dinámica a medida que evoluciona la
tecnología y surgen nuevas situaciones preocupantes.
La propuesta establece normas armonizadas para el desarrollo, la introducción en el mercado
y la utilización de sistemas de IA en la Unión a partir de un enfoque proporcionado basado en
los riesgos. También propone una definición única de la IA que puede resistir el paso del
tiempo. Asimismo, prohíbe determinadas prácticas particularmente perjudiciales de IA por ir
en contra de los valores de la Unión y propone restricciones y salvaguardias específicas en
relación con determinados usos de los sistemas de identificación biométrica remota con fines
de aplicación de la ley. La propuesta establece una sólida metodología de gestión de riesgos
para definir aquellos sistemas de IA que plantean un «alto riesgo» para la salud y la seguridad
o los derechos fundamentales de las personas. Dichos sistemas de IA tendrán que cumplir una
serie de requisitos horizontales obligatorios que garanticen su fiabilidad y ser sometidos a
procedimientos de evaluación de la conformidad antes de poder introducirse en el mercado de
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